miércoles, 26 de diciembre de 2012

PEDALEAR EN TIEMPOS REVUELTOS

http://www.comz.org/el-colegio-de-medicos-de-zaragoza-convoca-ayudas-para-la-realizacion-de-proyectos-sanitarios-de-desarrollo-y-solidaridad/

En estos tiempos de crisis, las noticias se nos indigestan con el desayuno. Ni siquiera la radio basura nos distrae; es preferible empezar el día con música clásica  y pensar  que todavía un mundo mejor es posible.

Después de una ducha rápida para ahorrar agua, un  buen desayuno casero, más barato que en el bar, separar la basura, apagar las luces, abrir las persianas para que entre el sol a calentar el piso y así ahorrar en calefacción, completas tu opción de cuidar el planeta,
desplazándote en bicicleta al trabajo o, a la oficina de empleo, si lo has perdido.

En el camino, te encuentras con menos coches pero todavía son los reyes del asfalto y  algunos  padres no renuncian a atascar las puertas de los colegios, ni algunos  estudiantes a inundar el  campus con sus máquinas, ni los que todavía pueden quemar gasolina, a colapsar  las entradas de la ciudad.

Pedaleando  te sientes  víctima  de todo el derroche en  autopistas, mega-edificios, aeropuertos, aves, parking, metros…que no necesitas para nada y que han beneficiado a las grandes corporaciones  y  dejado la deuda a  los humildes ciudadanos.

Pedaleando te solidarizas con los parados, los pensionistas, los maestros, los jueces, los funcionarios, los médicos, y todos los ciudadanos que están sufriendo, hasta con su vida,  los recortes de las pocas conquistas sociales que conseguimos con la democracia.

Pedaleando dejas en ridículo a los políticos encapsulados en sus coches oficiales y en sus privilegios y que se han olvidado del pueblo, entretenidos en diatribas partidistas y  plegándose a las exigencias de los mercados y los bancos.

Pedaleando y potenciando las energías alternativas, de las que somos líderes,  podríamos salir de esta crisis y no depender del petróleo.

Pedaleando haremos una ciudad más habitable y más compacta, donde las relaciones comerciales y sociales se desarrollen en el barrio, en el que las calles y las plazas sean espacios para los juegos de los niños y el andar pausado de sus abuelos.

Pedalear es un  verbo democrático con gran futuro en estos tiempos revueltos porque cuando pedaleas,  piensas. Y la mente es el motor más potente para cambiar el mundo.


Fuente: Revista Pedaleo. Asociación Ruedas Redondas. Málaga.

domingo, 25 de noviembre de 2012

La obligatoriedad del casco ciclista: entre la desproporción y la legislación simbólica.

Francisco J. Bastida, Catedrático de Derecho Constitucional. Universidad de Oviedo.

Cuando existen dos bienes jurídicamente protegibles pero contrapuestos en la práctica (por ejemplo, la libertad de información del periodista y el derecho a la intimidad de la persona sobre la que se quiere informar) se suele aplicar el “test de proporcionalidad” para hallar una solución al conflicto. En el caso de la norma que impone el casco obligatorio nos encontramos con un problema previo, que es identificar los bienes jurídicos que están en juego. Uno es claro, al menos en abstracto: la protección de la integridad física del ciclista. Pero al otro lado de la balanza no existe un solo bien, como pudiera pensarse. Junto al más inmediato, la libertad personal del ciclista para llevar o no casco, hay que contemplar también posibles bienes sociales que se verían negativamente afectados por la medida. Por ejemplo, la mejora en la salud de la población, tanto de los potenciales usuarios de la bicicleta, como de los que se verían favorecidos por la disminución del tráfico de vehículos a motor. También, en general, las mejoras medioambientales (menos polución, menos ruido) y el decrecimiento de la siniestralidad de peatones. 

Por tanto, hay una primera cuestión importante: el debate sobre la obligatoriedad del casco ciclista no tiene paralelismo con el debate sobre la obligatoriedad del cinturón de seguridad (o del casco para los motociclistas). En los tres casos aparece en un lado de la balanza como bien protegible la integridad física del conductor; sin embargo, sólo en el caso del casco ciclista aparecen en el otro lado de la balanza, junto a la libertad del conductor, un conjunto de beneficios sociales que podrían no desplegarse de prevalecer la obligatoriedad de la medida.

Dicho esto, veamos cómo se aplicaría el test de proporcionalidad para saber si es aceptable la norma que obliga a llevar el caso. Según reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional, el principio de proporcionalidad se concreta en tres requisitos o condiciones que constituyen un test: que “la medida sea idónea para alcanzar el fin legítimo perseguido (juicio de idoneidad); que la misma resulte necesaria o imprescindible para ello, esto es, que no existan otras medidas menos gravosas que, sin imponer sacrificio alguno de derechos fundamentales o con un sacrificio menor, sean igualmente aptas para dicho fin (juicio de necesidad), y, por último, que se deriven de su aplicación más beneficios o ventajas para el interés general que perjuicios sobre otros bienes o intereses en conflicto o, dicho de otro modo, que el sacrificio impuesto al derecho fundamental no resulte desmedido en relación con la gravedad de los hechos y las sospechas existentes (juicio de proporcionalidad en sentido estricto)”. (STC 206/2007, FJ 6). Veamos cada uno de ellos.

Juicio de idoneidad de la obligatoriedad del casco: Es evidente que el uso del casco puede proteger la integridad física del ciclista, pero esta evidencia se circunscribe únicamente a determinadas lesiones. La inmensa mayoría de las lesiones producidas por caídas de bicicleta no tienen relación con el hecho de no llevar casco; en tales casos el llevarlo aparece como un dato irrelevante, porque los miembros afectados son los pies, las piernas o los brazos. Los accidentes mortales de ciclistas se deben sobre todo a atropellos y en el politraumatismo causado no incide la variable de portar o no casco. Es más, según las estadísticas oficiales la mayoría de muertes de ciclistas se produce en vías interurbanas, donde es obligatorio el uso del casco, y las víctimas lo llevaban. En suma, la obligatoriedad del casco es una medida sólo parcialmente idónea, para determinados supuestos que, además, constituyen un porcentaje muy bajo. Aquí podría concluir el test de proporcionalidad, dando por injustificada la medida, dada su insuficiente idoneidad. Pero sigamos con los otros requisitos. 

 Juicio de necesidad de la obligatoriedad del casco: La pregunta es sencilla. ¿Es “necesaria o imprescindible” la obligatoriedad del casco para preservar la integridad física del ciclista?. La respuesta es globalmente negativa. A diferencia del cinturón de seguridad o del casco del motorista, el casco ciclista se manifiesta como necesario o imprescindible en muy contados accidentes. En el conjunto de siniestralidad ciclista el carácter grave de las lesiones es porcentualmente muy bajo y allí donde podría ser necesario, por afectar a daños en la cabeza, la contundencia del accidente convierte frecuentemente al casco en una medida inútil. Por tanto, la medida es necesaria e imprescindible sólo en supuestos excepcionales, tanto por lo escaso del número, como por su eficacia real. 

Por otra parte, a la pregunta “¿existen otras medidas menos gravosas que, sin imponer sacrificio alguno de derechos o con un sacrificio menor, sean igualmente aptas para dicho fin?”, la respuesta es sí. Si se quiere preservar la integridad física del ciclista, hay medidas menos gravosa y más adecuadas para el fin perseguido. El casco no procura una protección integral del ciclista, sólo de su cabeza. La protección integral se consigue, por un lado, con medidas de educación vial del ciclista (entre las que puede estar la recomendación del uso del casco y de prendas visibles) y de los conductores de vehículos a motor. Por otro, con medidas dirigidas a calmar el tráfico, a dar preferencia al ciclista y a crear en torno a él un anillo de seguridad, estableciendo distancias (órdenes de alejamiento) que han de ser respetadas. También aquí podría paralizarse la aplicación del test, por no superar la obligatoriedad del casco el requisito analizado. 

Juicio de proporcionalidad en sentido estricto: por último, incluso admitiendo que la medida sea adecuada y necesaria para el fin perseguido, lo cual sólo se cumple en muy reducidos supuestos, la norma que impone la obligatoriedad del casco debe ser proporcionada en sentido estricto, esto es, como dice el Tribunal Constitucional, “que se deriven de su aplicación más beneficios o ventajas para el interés general que perjuicios sobre otros bienes o intereses en conflicto”. Aquí es donde acaba por fracasar definitivamente la justificación de la medida.

Los beneficios de la obligatoriedad del casco para el interés general son mínimos, porque, como queda dicho, la medida es escasamente idónea y sólo en contados casos necesaria para el fin perseguido, que es la protección de la integridad física de los ciclistas. En cambio, los perjuicios para el interés general son elevados, porque desincentiva el uso de la bicicleta, tanto por el engorro de tener que llevar el casco a cuestas cuando uno deja la bicicleta, so pena de sustracción inmediata, como por la amenaza de la sanción, y, además, se perjudica el servicio de alquiler de bicicletas públicas. Este freno al uso de la bicicleta desencadena nuevos efectos perversos para el interés general: se desalienta una práctica saludable que combate el sedentarismo y la obesidad, y que redunda en la mejora del tráfico, de la siniestralidad y del medio ambiente. En suma no hay ningún dato que avale la idea de que el llevar casco aminore significativamente la gravedad de las lesiones de ciclistas accidentados, más allá de casos puntuales. Por contra, hay una sospecha real, avalada por lo que ha sucedido en países que han implantado la medida, de que la obligatoriedad del casco desincentiva el uso de la bicicleta y con ello el ejercicio de una práctica saludable. El daño emergente que puede suponer la no obligatoriedad del casco es mucho menor que el lucro social cesante que comportaría su obligatoriedad. Por tanto, la medida es desproporcionada, además de poco idónea y escasamente necesaria.

Las posibles ventajas de llevar el casco, previniendo lesiones en la cabeza, sólo justifican como medida proporcionada la recomendación de su uso. La obligatoriedad de su uso sería un ejemplo de lo que la doctrina llama “legislación simbólica”, es decir, una legislación que realmente no se dedica a proteger, o lo hace en muy pequeña medida, al teórico destinatario de la norma, el colectivo ciclista, sino, sobre todo, a proclamar enfáticamente ante la ciudadanía en general lo “en serio” que el poder público se toma “la seguridad del tráfico.

lunes, 12 de noviembre de 2012

Bicis en las zonas peatonales de Huesca

La Ponencia de Movilidad ha dado el visto bueno a la ordenanza reguladora de zonas peatonales que ahora deberá ser aprobada por el pleno del Ayuntamiento de Huesca. 

Esta norma regula los usos de vecinos, carga y descarga, urgencias o bicicletas. Las bicis tendrán acceso a las zonas peatonales, siempre con una velocidad limitada. Las bicicletas podrán circular por las zonas peatonales aunque se podrá limitar su acceso en las horas de mayor densidad de peatones, explica el concejal de Movilidad, Gerardo Oliván. 



http://www.radiohuesca.com/noticia/477821/Las-bicis-podran-circular-por-las-nuevas-zonas-peatonales

miércoles, 31 de octubre de 2012

Cojin Berlines en Cabestany

El Ayto. de Huesca está instalando badenes del tipo cojín berlinés, que dejan un paso franco para que los autobuses y bicicletas los salven sin tener que reducir la velocidad. De este modo se satisface una vieja reivindicación de Huesca en Bici para que los badenes del tipo lomo de burro, que tan peligrosos son para los ciclistas, pasen a ser historia.
http://www.protecvia.com/plataformas-temporales/suds/cojin-berlines/im/cojin-berlines-1.gif
De cojin berlines hu
De cojin berlines hu

sábado, 27 de octubre de 2012

El Aula en Bici en la calle

 
 
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Bicicleta y niños en la jornada de dinamización de los cosos

Desde el Ayuntamiento de Huesca a través de la Policía Local y en colaboración con la Asociación Aula en Bici, mañana sábado se organizará una actividad sobre ruedas, dirigida a los más pequeños, aprovechando la jornada de dinamización de cosos. 
 
Huesca en Bici colabora habitualmente con el Aula en Bici
 
Con la finalidad de que los más pequeños aprendan a disfrutar de la bicicleta en la ciudad de una forma responsable, segura y que a medida que desarrollan su destreza sobre la bicicleta, en un futuro puedan sentirse capaces de circular con su bicicleta compartiendo el espacio de la calzada con los vehículos, adquiriendo progresivamente unos hábitos de movilidad y respeto por las normas de circulación para asegurar una Huesca más amable con el ciudadano.
 
La actividad está dirigida a niños de 6 a 12 años que quieran disfrutar y aprender las nociones básicas para circular de una forma segura. 

En el inicio de la actividad se realizará con una breve sesión teórica sobre la bicicleta, tras esta sesión los niños mostrarán su destreza y habilidad en un circuito habilitado al efecto y posteriormente realizarán una ruta segura por las calles y carril bici de nuestra ciudad, en compañía de monitores del Aula en Bici y agentes de la Policía Local de Huesca.
 
La actividad se realizada en los Porches de Galicia con dos sesiones, la primera comenzará a las 10.40h y la segunda a las 11.40h.